“El acceso a las playas marítimas y la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado” relata el documento publicado por el presidente Andrés Manuel López Obrador en el Diario Oficial de la Federación. Este decreto busca la garantía del libre acceso y tránsito en las playas de todo el país y permite sanciones a aquellos que prohíben el paso sancionándolos con más de un millón de pesos. El decreto emitido este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF), adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Bienes Nacionales para garantizar el libre acceso y tránsito en las playas, en donde resalta, en su artículo 8 que el acceso a las playas mexicanas no podrá ser obstaculizado ni restringido. “El acceso a las playas marítimas y la zona federal marítimo terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado ni condicionado salvo en los casos que establezca el reglamento”.
Si bien se establece en el artículo 127 de la ley que si no hay vía pública o acceso a la vía pública, los propietarios de terrenos aledaños a las áreas federales terrestres y marítimas deben permitirles ingresar y salir libremente por el paso acordado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para con los propietarios, deberían revisar las cláusulas de acuerdo a reglamentos.
“Para el caso de titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre, en caso de reincidencia, además de la sanción señalada en el párrafo anterior, se revocará la concesión, autorización o permiso, observando en lo conducente, lo dispuesto en el artículo 18 de esta Ley”, señala dicho decreto.